Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Octubre de 1996 (Tesis num. 2a./J. 50/96 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-10-1996 (Contradicción de Tesis))

Número de registro200523
Número de resolución2a./J. 50/96
Fecha de publicación01 Octubre 1996
Fecha01 Octubre 1996
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; IV, Octubre de 1996; Pág. 282
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaComún

Cuando la parte actora en un juicio ante el Tribunal Fiscal de la Federación demanda la nulidad de una resolución expresa y obtiene solamente la nulidad para efectos, y no la lisa y llana que pretende, se le causa un perjuicio directo a su interés jurídico, en tanto que la sentencia aparentemente favorable limita el alcance de la nulidad demandada. Lo anterior, con independencia de que, en su caso, pudiera demandar la nulidad del nuevo acto que dictara la autoridad administrativa en acatamiento de la sentencia del Tribunal Fiscal.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 8/96. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito y Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. 13 de septiembre de 1996. Cinco votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretaria: A.H.H..

Tesis de jurisprudencia 50/96. Aprobada por la Segunda Sala de este alto tribunal, en sesión pública de trece de septiembre de mil novecientos noventa y seis, por unanimidad de cinco votos de los Ministros: J.D.R., M.A.G., S.S.A.A., G.I.O.M. y presidente G.D.G.P..

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