Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Febrero de 2007 (Tesis num. 2a./J. 8/2007 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-02-2007 (Reiteración))
Número de registro | 173403 |
Número de resolución | 2a./J. 8/2007 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2007 |
Fecha | 01 Febrero 2007 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXV, Febrero de 2007; Pág. 718 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Reiteración |
Materia | Común |
La circunstancia de que al conocer de un recurso dentro de un juicio de amparo la Suprema Corte de Justicia de la Nación o el Tribunal Colegiado de Circuito atiendan a la causa de pedir expresada, conforme a la jurisprudencia P./J. 69/2000, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, agosto de 2000, página 5, con el rubro: "AGRAVIOS EN RECURSOS INTERPUESTOS DENTRO DEL JUICIO DE AMPARO. PARA QUE SE ESTUDIEN BASTA CON EXPRESAR EN EL ESCRITO RELATIVO, RESPECTO DE LAS CONSIDERACIONES QUE SE CONTROVIERTEN DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA, LA CAUSA DE PEDIR.", no equivale a suplir su deficiencia en términos del artículo 76 Bis de la Ley de Amparo, ya que para abordar los agravios con base en la causa de pedir expresada en el libelo respectivo resulta necesario que el recurrente haya precisado con claridad cuál es el agravio que le provocan las respectivas consideraciones, así como los motivos que generan esa afectación, a diferencia de lo que sucede cuando se suple la deficiencia de los agravios, pues esta prerrogativa procesal tiene aplicación cuando en el escrito relativo no se señala qué consideraciones del fallo recurrido se controvierten, o bien, realizado esto último, no se mencionan los motivos que generan la respectiva afectación. Además, la institución de la suplencia de los agravios, según el grado en que ésta se autorice por la Ley de Amparo y su interpretación jurisprudencial, se traduce en examinar consideraciones no controvertidas por el recurrente, o bien, en abordar el estudio de aquellas respecto de las cuales éste se limitó a señalar en sus agravios que las estima incorrectas, sin precisar los motivos que sustentan su afirmación.
PRECEDENTES:
Amparo en revisión 358/2001. Inversora Bursátil, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Inbursa. 14 de noviembre de 2001. Cinco votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretario: R.C.C..
Amparo directo en revisión 1578/2001. Q., S.A. de C.V., antes Productora de Químicos Industriales, S.A. de C.V. 25 de enero de 2002. Cinco votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretario: R.C.C..
Amparo directo en revisión 980/2003. G.A.C.. 3 de octubre de 2003. Cinco votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretaria: V.N.R..
Amparo en revisión 605/2005. Hidrogas de Agua Prieta, S.A. 13 de mayo de 2005. Cinco votos. Ponente: M.B.L.R.. Secretaria: M.A.d.C.T.C..
Amparo en revisión 495/2006. Principal A., S.A. de C.V. 12 de mayo de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: S.S.A.A.. Ponente: G.I.O.M.. Secretaria: V.N.R..
Tesis de jurisprudencia 8/2007. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del treinta y uno de enero de dos mil siete.
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 10-07-2019 (RECURSO DE RECLAMACIÓN 699/2019)
...que esto implique suplir su deficiencia en términos del artículo 79 de la Ley de Amparo. Lo anterior de conformidad con la jurisprudencia 2a./J. 8/2007 de rubro, texto y datos siguientes: “AGRAVIOS EN RECURSOS INTERPUESTOS DENTRO DEL JUICIO DE GARANTÍAS. EL QUE SE ABORDE SU ESTUDIO EN ATENC......
-
Sentencia con número de expediente 580/2023. Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla, 2023-05-16
...Sala del Más Alto Tribunal del País, que dice: “Registro digital: 173403 Instancia: Segunda Sala Novena Época Materias(s): Común Tesis: 2a./J. 8/2007 Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXV, Febrero de 2007, página 718 Tipo: Jurisprudencia AGRAVIOS EN RECURSOS INTE......
-
Sentencia con número de expediente 6/2023. Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 2023-03-08
...sin que con ello se supla la deficiencia en la expresión de los agravios. Sirve de apoyo a lo anterior la jurisprudencia número 2a./J. 8/2007 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página 718, tomo XXV, febrero de 2007, Novena Época del Semanario Ju......
-
Ejecutoria num. 92/2020 de Tribunales Colegiados de Circuito, 02-07-2021 (QUEJA)
...el amparo, podrá hacerlo cualquiera otra persona en su nombre, aunque sea menor de edad." 4. Resultan aplicables las tesis siguientes: 5. 2a./J. 8/2007, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, febrero de 2007, página 718, con número de regist......
-
Los recursos en amparo
...que las estima incorrectas, sin precisar los motivos que sustentan su afirmación. Jurisprudencia. Segunda Sala. Febrero de 2007. Tesis: 2a./J. 8/2007. Ante la improcedencia de la revisión, no opera la suplencia de la Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenid......