Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 197 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Reiteración))

Número de registro391087
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

Si bien el artículo décimo sexto del Reglamento para la Tramitación de los Expedientes de Confirmación y Titulación de Bienes Comunales confiere el derecho a pedir el reconocimiento de sus propiedades a aquellos propietarios o poseedores de pequeñas propiedades incluidas dentro del perímetro de terrenos comunales confirmados, dicho derecho se encuentra supeditado o condicionado a que la resolución presidencial respectiva de manera expresa los excluya en alguno de sus puntos resolutivos, en cuyo caso, los propietarios o poseedores afectados, previamente a la interposición del juicio de amparo, deberán agotar el procedimiento de reconocimiento a que se refiere el precepto indicado. Sin embargo, cuando la resolución presidencial de confirmación y titulación de bienes comunales en ninguno de sus puntos resolutivos hace la exclusión aludida, los propietarios o poseedores de pequeñas propiedades incluidas dentro de los terrenos confirmados, carecen del derecho a pedir a las autoridades agrarias el reconocimiento de sus propiedades, por lo que no están obligados a agotar procedimiento alguno antes de acudir al amparo, y menos aun en caso de reclamarse la indebida ejecución de una resolución presidencial de confirmación y titulación de bienes comunales.

Séptima Epoca:


Amparo en revisión 3876/78. G.G.N. y otros. 29 de octubre de 1979. Cinco votos.


Amparo en revisión 4272/79. J.A.B. y otros. 27 de febrero de 1980. Cinco votos.


Amparo en revisión 2398/78. I., S.A. 14 de abril de 1980. Unanimidad de cuatro votos.


Amparo en revisión 4270/79. Inmobiliaria M.A.R.L., S.A. 9 de julio de 1980. Unanimidad de cuatro votos.


Amparo en revisión 240/80. J.H.S. y otros. 18 de febrero de 1981. Cinco votos.

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