Tesis Jurisprudencial de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 518 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Reiteración))

Número de registro391408
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

PRESCRIPCION FISCAL. SUPLETORIEDAD DEL ARTICULO 55 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, RESPECTO DEL ARTICULO 11 DE LA LEY DE HACIENDA DEL DISTRITO FEDERAL.

Atento lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal, debe considerarse que el artículo 11 de la misma Ley engloba las dos situaciones jurídicas previstas por el artículo 55 del Código Fiscal de la Federación, dispositivo este último que habla de la prescripción, tanto de la facultad de las autoridades fiscales para determinar en cantidad líquida las prestaciones tributarias, como de los créditos mismos. Debe estimarse supletorio el último de los citados preceptos respecto del artículo 11, porque en materia de prescripción no se opone el sistema del Código Fiscal al de la Ley de Hacienda, sino antes bien completa a la citada Ley, en cuanto es omiso su artículo 11, al no referirse a la prescriptibilidad del crédito fiscal, sino a la facultad de determinar en cantidad líquida la prestación tributaria.

Sexta Epoca:

Revisión fiscal 22/60. C.C.. 3 de mayo de 1963. Cinco votos.

Revisión fiscal 576/63. M.F.M. y L. de la Mora. 26 de enero de 1966. Unanimidad de cuatro votos.

Revisión fiscal 282/65. F.B.G.. 2 de febrero de 1966. Cinco votos.

Revisión fiscal 443/65. P.A. y A.. 14 de febrero de 1966. Cinco votos.

Revisión fiscal 267/65. Centro Materno Infantil "M.A.C.. 23 de febrero de 1966. Cinco votos.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR