Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 151 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Contradicción de Tesis))

Número de registro911084
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaOtra
EmisorSegunda Sala

El artículo 80 de la Ley Agraria establece que los derechos parcelarios son susceptibles de enajenarse y que, para la validez del convenio respectivo, es necesaria la forma escrita, la celebración ante dos testigos y la notificación al Registro Agrario Nacional; de manera que por disposición específica de la ley de la materia este último acto sí constituye un requisito de validez del convenio; sin embargo, ello no implica que la inscripción ante el registro mencionado, acto diferente al de notificación, tenga efectos constitutivos pues, en términos del diverso artículo 150 del mismo ordenamiento, los actos que debiendo ser inscritos no lo sean, no podrán producir perjuicios a terceros. Confirma lo anterior el que al realizar una enajenación de derechos parcelarios, en relación con el Registro Agrario Nacional, se llevan a cabo tres actos distintos, a saber, la notificación, que realizan las partes ante esa institución y que sí constituye un elemento de validez del convenio, la inscripción y la expedición de los nuevos certificados, que corresponde al organismo registral y que sólo producen efectos probatorios ante los terceros, sin que estos dos últimos actos puedan considerarse dentro de los elementos de validez del convenio, puesto que no los incluye el referido artículo 80 dentro de ellos.

Novena Época:


Contradicción de tesis 46/99.-Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito y el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y del Trabajo del Séptimo Circuito.-14 de enero del año 2000.-Cinco votos.-Ponente: M.A.G..-Secretario: E.M.A..



Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XI, febrero de 2000, página 111, Segunda Sala, tesis 2a./J. 8/2000; véase la ejecutoria en la página 112 de dicho tomo.


VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR