Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Junio de 2007 (Tesis num. 2a./J. 100/2007 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-06-2007 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 172146 |
Número de resolución | 2a./J. 100/2007 |
Fecha de publicación | 01 Junio 2007 |
Fecha | 01 Junio 2007 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXV, Junio de 2007; Pág. 337 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Administrativa |
El Procurador Federal de Protección al Ambiente, mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio de 2004, otorgó facultades a las citadas autoridades para representarlo legalmente e interponer los recursos correspondientes ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, ordenamiento de carácter meramente administrativo que no puede contrariar al artículo 248 del Código Fiscal de la Federación, el cual prevé que la única autoridad que puede interponer recurso de revisión fiscal es la unidad encargada de la defensa jurídica de la autoridad demandada en el juicio fiscal, que en la especie, de acuerdo con el artículo 132, fracciones III y IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, es la Dirección General de Delitos Federales contra el Ambiente y L. de esa dependencia. En consecuencia, si el medio de impugnación citado es interpuesto por los Delegados en las entidades federativas y en la Zona Metropolitana del Valle de México de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, dicho recurso debe desecharse por carecer de legitimación procesal activa.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 49/2007-SS. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito. 9 de mayo de 2007. Cinco votos. Ponente: M.B.L.R.. Secretaria: H.M.A.Z..
Tesis de jurisprudencia 100/2007. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintitrés de mayo de dos mil siete.
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