Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Septiembre de 2010 (Tesis num. 2a./J. 128/2010 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-09-2010 (Reiteración))

Número de registro163849
Número de resolución2a./J. 128/2010
Fecha de publicación01 Septiembre 2010
Fecha01 Septiembre 2010
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXII, Septiembre de 2010; Pág. 190
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral

Conforme a los artículos 2o., 3o. y 18 de la Ley Federal del Trabajo, por regla general las normas de trabajo deben interpretarse atendiendo a las finalidades de esta rama del derecho y en caso de duda, por falta de claridad en las propias normas, debe estarse a lo más favorable para el trabajador; sin embargo, esa regla general admite excepciones, como en los casos de interpretación de cláusulas de contratos colectivos de trabajo donde se establezcan prestaciones a favor de los trabajadores en condiciones superiores a las señaladas por la ley, supuesto en el cual la disposición que amplía los derechos mínimos legales debe ser de interpretación estricta y conforme a los principios de buena fe y de equidad como criterio decisorio, como se prevé en el artículo 31 de la Ley citada.

Contradicción de tesis 32/2000-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Tercero, todos en Materias Administrativa y de Trabajo del Cuarto Circuito. 22 de septiembre de 2000. Cinco votos. Ponente: J.V.A.A.. Secretario: E.G.R.G..


Contradicción de tesis 126/2003-SS. Entre las sustentadas por el Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, el Primer Tribunal Colegiado del Octavo Circuito y el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 23 de abril de 2004. Cinco votos. Ponente: J.D.R.. Secretarios: J.L.R.C.M. y S.V.Á.D..


Contradicción de tesis 126/2004-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero, ambos del Vigésimo Tercer Circuito. 25 de febrero de 2005. Mayoría de cuatro votos. Disidente: J.D.R.. Ponente: S.S.A.A.. Secretario: A.M.R.M..


Contradicción de tesis 186/2008-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito y Décimo Tercero en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 4 de marzo de 2009. Cinco votos. Ponente: M.A.G.. Secretaria: Oliva del S.E.C..


Contradicción de tesis 57/2010. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Noveno y Décimo, ambos en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 26 de mayo de 2010. Cinco votos. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretaria: S.V.Á.D..


Tesis de jurisprudencia 128/2010. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del ocho de septiembre de dos mil diez.


Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 211/2020 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desechada por notoriamente improcedente, mediante acuerdo de presidencia de 19 de octubre de 2020.

142 sentencias
  • Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
    • México
    • Segunda Sala
    • 31 Diciembre 2011
    ...L.. Novena Época. Instancia: Segunda Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, T.X., septiembre de 2010, tesis 2a./J. 128/2010, página 190). En el caso, aunque el Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios no constit......
  • Ejecutoria, Plenos de Circuito
    • México
    • 31 Enero 2018
    ...que sean conformes a las normas de trabajo, a la buena fe y a la equidad.’ "Tiene aplicación al respecto, la jurisprudencia 2a./J. 128/2010, sustentada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página ciento noventa, del T.X., del mes de septiembre de......
  • Voto, Plenos de Circuito
    • México
    • 1 Septiembre 2015
    ...inherentes y de acuerdo a la zona en la que se preste el servicio y a la antigüedad del trabajador." Enseguida cita la jurisprudencia 2a./J. 128/2010, de rubro: "CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO. LAS CLÁUSULAS QUE CONTIENEN PRESTACIONES EN FAVOR DE LOS TRABAJADORES, QUE EXCEDEN LAS ESTABLECI......
  • Ejecutoria num. 13/2022 de Plenos de Circuito, 20-01-2023 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS))
    • México
    • Plenos de Circuito
    • Invalid date
    ...temporal o permanente, producida por un riesgo profesional, el patrono esté obligado a indemnizar al trabajador." 4. Jurisprudencia 2a./J. 128/2010, visible a página 190, T.X., septiembre de 2010, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, con número de registro digi......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
2 artículos doctrinales
  • Aspectos legales y tratamiento fiscal de los sueldos, salarios y prestaciones al personal
    • México
    • Aspectos contractuales y fiscales sobre sueldos y salarios
    • 1 Marzo 2011
    ...a los principios de buena fe y de equidad como criterio decisorio, como se prevé en el artículo 31 de la Ley citada .” JURISPRUDENCIA 2a./J. 128/2010 CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO. LAS CLAUSULAS QUE CONTIENEN PRESTACIONES EN FAVOR DE LOS TRABAJADORES, QUE EXCEDEN LAS ESTABLECIDAS EN LA LE......
  • La interpretación en el derecho laboral
    • México
    • Tópicos y utópicos laborales. Una aproximación entre la realidad y el derecho
    • 14 Marzo 2017
    ...debe atender a ese principio. No obstante, ese mismo año la segunda sala de la Suprema Corte De Justicia De La Nación dicto la tesis 2a./J. 128/2010 visible bajo el rubro: “CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO. LAS CLÁUSULAS QUE CONTIENEN PRESTACIONES EN FAVOR DE LOS TRABAJADORES, QUE EXCEDEN LA......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR