Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Septiembre de 2011 (Tesis num. 2a./J. 155/2011 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-09-2011 (Contradicción de Tesis))

Número de registro161022
Número de resolución2a./J. 155/2011
Fecha de publicación01 Septiembre 2011
Fecha01 Septiembre 2011
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Septiembre de 2011; Pág. 1440
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal

En caso de que en un juicio laboral se ofrezca la prueba pericial grafoscópica, caligráfica u otra similar, tendente a demostrar la falsedad de una firma del oferente, si éste no comparece, injustificadamente, a estampar ante la autoridad jurisdiccional los elementos gráficos indubitables que se le requieran para el desahogo de dicho medio de convicción, es correcto que la Junta decrete la deserción de tal probanza, si previamente se le apercibió al oferente al respecto. Lo anterior, aun si en los autos del propio juicio obre firma estampada por el impugnante, en razón de que ese solo signo gráfico no siempre es suficiente para obtener un peritaje completo y convincente, de ahí la conveniencia de que se recabe no sólo la firma, sino diversa escritura, palabras y números, estampados de puño y letra del objetante, que permitan al perito llegar a conclusiones indubitables sobre la firma impugnada.

Contradicción de tesis 258/2011. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Tercero, ambos en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito. 17 de agosto de 2011. Cinco votos; votó con salvedad S.A.V.H.. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretaria: M.E.F.H..


Tesis de jurisprudencia 155/2011. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veinticuatro de agosto de dos mil once.

2 sentencias

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