Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Octubre de 2007 (Tesis num. 2a./J. 192/2007 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-10-2007 (Reiteración))

Número de registro171257
Número de resolución2a./J. 192/2007
Fecha de publicación01 Octubre 2007
Fecha01 Octubre 2007
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXVI, Octubre de 2007; Pág. 209
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional

La garantía individual de acceso a la impartición de justicia consagra a favor de los gobernados los siguientes principios: 1. De justicia pronta, que se traduce en la obligación de las autoridades encargadas de su impartición de resolver las controversias ante ellas planteadas, dentro de los términos y plazos que para tal efecto establezcan las leyes; 2. De justicia completa, consistente en que la autoridad que conoce del asunto emita pronunciamiento respecto de todos y cada uno de los aspectos debatidos cuyo estudio sea necesario, y garantice al gobernado la obtención de una resolución en la que, mediante la aplicación de la ley al caso concreto, se resuelva si le asiste o no la razón sobre los derechos que le garanticen la tutela jurisdiccional que ha solicitado; 3. De justicia imparcial, que significa que el juzgador emita una resolución apegada a derecho, y sin favoritismo respecto de alguna de las partes o arbitrariedad en su sentido; y, 4. De justicia gratuita, que estriba en que los órganos del Estado encargados de su impartición, así como los servidores públicos a quienes se les encomienda dicha función, no cobrarán a las partes en conflicto emolumento alguno por la prestación de ese servicio público. Ahora bien, si la citada garantía constitucional está encaminada a asegurar que las autoridades encargadas de aplicarla lo hagan de manera pronta, completa, gratuita e imparcial, es claro que las autoridades que se encuentran obligadas a la observancia de la totalidad de los derechos que la integran son todas aquellas que realizan actos materialmente jurisdiccionales, es decir, las que en su ámbito de competencia tienen la atribución necesaria para dirimir un conflicto suscitado entre diversos sujetos de derecho, independientemente de que se trate de órganos judiciales, o bien, sólo materialmente jurisdiccionales.

PRECEDENTES:

Amparo directo en revisión 980/2001. Enlaces Radiofónicos, S.A. de C.V. 1o. de marzo de 2002. Cinco votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretaria: M.D.O.R..

Amparo directo en revisión 821/2003. S.M.E.. 27 de junio de 2003. Cinco votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretaria: M.D.O.R..

Amparo en revisión 780/2006. E.L.L.. 2 de junio de 2006. Cinco votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretaria: Alma D.A.C.N..

Amparo directo en revisión 1059/2006. G.G.C.. 4 de agosto de 2006. Cinco votos. Ponente: G.D.G.P.. Secretario: A.A.J.C..

Amparo en revisión 522/2007. G.A.A.. 19 de septiembre de 2007. Cinco votos. Ponente: G.D.G.P.. Secretario: J.A.V..

Tesis de jurisprudencia 192/2007. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diez de octubre de dos mil siete.

Nota: Por ejecutoria de fecha 11 de noviembre de 2010, el Tribunal Pleno declaró inexistente la contradicción de tesis 405/2009 en que participó el presente criterio.

2067 sentencias
11 artículos doctrinales
  • Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. VII-P-SS-265
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. V-50, Septiembre 2015
    • 1 Septiembre 2015
    ...de que se trate de órganos judiciales, o bien, solo materialmente jurisdiccionales. El anterior criterio se recoge en la jurisprudencia 2a./J. 192/2007, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial y su Gaceta; Tomo XXVI, Octub......
  • Laudos
    • México
    • Medios probatorios y su idoneidad en materia laboral
    • 1 Agosto 2020
    ...imparcial y gratuita, como lo ha sosteni-66 Cfr. [J]; 9a. Epoca; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, octubre de 2007; Pág. 209. 2a./J. 192/2007, intitulada: ACCESO A LA IMPARTICION DE JUSTICIA. EL ARTICULO 17 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ESTABLECE DIVERSO......
  • El juicio de amparo y sus formalismos procedimentales. Algunas notas sobre el papel de los jueces de distrito
    • México
    • Revista del Instituto de la Judicatura Federal Núm. 45, Enero 2018
    • 1 Enero 2018
    ...de otro modo, desconocer la naturaleza de la función que tiene en sus manos, le impediría acatar este mandamiento. 2Jurisprudencia: 2a./J. 192/2007, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, t. XXVI, octubre de 2007, p. 209. 3Idem. Aunque el título se caracteriza por su......
  • Código Fiscal de la Federación. VII-P-2aS-977
    • México
    • Revista del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Núm. V-59, Junio 2016
    • 1 Junio 2016
    ...SEGUIDOS ANTE LAS DEPENDENCIAS DEL PODER EJECUTIVO.” [N.E. Se omite transcripción] De igual forma es aplicable la jurisprudencia 2a./J. 192/2007 emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,30cuyo texto es el “ACCESO A LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA. EL ARTÍCULO 17 D......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR