Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Junio de 2008 (Tesis num. 2a./J. 94/2008 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-06-2008 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 169472 |
Número de resolución | 2a./J. 94/2008 |
Fecha de publicación | 01 Junio 2008 |
Fecha | 01 Junio 2008 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXVII, Junio de 2008; Pág. 401 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Laboral |
El precepto 782 citado concede a la Junta de Conciliación y Arbitraje la facultad de ordenar de oficio, con citación de las partes, durante la secuela del proceso la práctica de las diligencias convenientes para el esclarecimiento de la verdad, y el artículo 886 otorga a sus miembros la misma facultad, la cual debe ejercer dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes de aquel en el cual hubieren recibido el proyecto de laudo; tal facultad no debe ejercerse indiscriminadamente, sino en forma racional y prudente, limitada a las diligencias necesarias para el esclarecimiento de la verdad material de los hechos relativos, en los casos en los cuales la Junta indicada o sus miembros consideren que requieren de mayores elementos de convicción que les permita resolver la litis sometida a su potestad, de una manera fundada y motivada. Por tanto, cuando en un juicio con base en un riesgo de trabajo se demande la indemnización o la jubilación y esté acreditada la existencia de aquél, así como que es la causa que afectó la salud del trabajador y éste por una mala o negligente asesoría, omita ofrecer la prueba pericial médica, con citación de las partes, deberá ordenar de oficio la práctica de esa diligencia por ser la conveniente para el esclarecimiento de la verdad material de los hechos puestos a su conocimiento. En su caso, los miembros de ésta dentro del plazo mencionado podrán solicitar la práctica de ese medio de convicción, pues sólo así se evita que por una falla de técnica jurídica el trabajador pierda sus derechos adquiridos y se imparta justicia a quien tiene derecho a ella, con apego a la ley.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 38/2008-SS. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Séptimo Circuito, el Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito. 14 de mayo de 2008. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: M.B.L.R.. Ponente: S.S.A.A.. Secretario: A.M.R.M..
Tesis de jurisprudencia 94/2008. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintiuno de mayo de dos mil ocho.
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Ejecutoria num. 2/2021 de Plenos de Circuito, 23-09-2022 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
...de la Federación y su Gaceta, Tomo XXI, enero de 2005, página 93. 11. De la anterior contradicción de criterios derivó la jurisprudencia 2a./J. 94/2008, de título: "JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE. LA FACULTAD QUE LE OTORGAN LOS ARTÍCULOS 782 Y 886 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO LA DEBE EJ......
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Ejecutoria num. 758/2022 de Tribunales Colegiados de Circuito, 27-01-2023 (AMPARO DIRECTO)
...medios de prueba que no tiene en su poder el asegurado, sino el patrón. 61. Ello también encuentra sustento en la tesis de jurisprudencia 2a./J. 94/2008, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gace......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 31-05-2017 (RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN LAS FRACCIONES I A III DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO 1567/2016)
...demanda. Ahora bien, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sustentó la jurisprudencia por contradicción de tesis 2a./J. 94/2008 […] de la que se desprende que la Junta de Conciliación y Arbitraje se encuentra facultada para solicitar la práctica de la prueba pericial......
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Ejecutoria num. 32/2023 de Plenos Regionales, 12-05-2023 (CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS (ANTES CONTRADICCIÓN DE TESIS))
...era del actor, la Junta no puede solicitar esa prueba faltante en forma oficiosa, y no resultan aplicables la diversa jurisprudencia 2a./J. 94/2008, también de la Segunda Sala, ni la jurisprudencia VII.2o.T. J/26 (10a.) del Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circui......
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Los medios probatorios
...PARA EL ESCLARECIMIENTO DE LA VERDAD MATERIAL BUSCADA. Re gis tro di gi tal: 169472, Se gun da Sala de la SCJN, No ve na Epo ca, Te -sis: 2a./J. 94/2008. Se ma na rio Ju di cial de la Fe de ra ción y su Ga ce ta. Tomo XXVII, ju -nio de 2008, pá gi na 401. De las prue bas ob te ni das de las......