Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Noviembre de 2009 (Tesis num. 2a./J. 180/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-11-2009 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 165984 |
Número de resolución | 2a./J. 180/2009 |
Fecha de publicación | 01 Noviembre 2009 |
Fecha | 01 Noviembre 2009 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Noviembre de 2009; Pág. 428 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
El citado precepto establece que los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Magistrados de los Tribunales Colegiados de Circuito, los Jueces de Distrito y las autoridades que conozcan de los juicios de garantías conforme al artículo 37 de la Ley de Amparo, deberán manifestar su impedimento para conocer de los juicios en que intervengan, en los casos en que hubiesen tenido el carácter de autoridades responsables, aconsejado como asesores la resolución reclamada o emitido en otra instancia o jurisdicción la resolución impugnada. Por tanto, si el artículo 66, fracción IV, del indicado ordenamiento, tiende a evitar la parcialidad del juzgador, para lo cual señala de manera expresa, limitativa y específica las causas de impedimento relativas, es evidente que no existe posibilidad para que el juzgador, las partes o el superior encargado de calificar el impedimento hagan valer, analicen o resuelvan, subjetivamente, causas distintas a las previstas en ese numeral. Es decir, si del referido precepto se advierte que las causas que prevé no son de tipo enunciativo, sino expresamente limitativas, no es dable aplicar una causal similar, parecida, análoga o extensiva por identidad de razón, agregando requisitos no contenidos en la norma.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 28/2007-PL. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Cuarto y Décimo Tercero, ambos en Materia Civil del Primer Circuito. 7 de octubre de 2009. Cinco votos. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretaria: S.E.M.Q..
Tesis de jurisprudencia 180/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintiocho de octubre de dos mil nueve.
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Sentencia con número de expediente 2/2022. Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, 2022-07-14
...amparo solo podrán invocarse los supuestos establecidos en el artículo 51 de la Ley de Amparo. Sirve de apoyo, la jurisprudencia número 2a./J. 180/2009, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la novena época del Semanario Judicial de la Federa......
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Sentencia con Número de Expediente EXC 31/2022-27 de Tribunal Agrario - TSA, 13/07/2022
...al estar vedada dicha posibilidad en términos del artículo 52 de la Ley de Amparo y en aplicación analógica de la jurisprudencia 2a./J. 180/2009, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "IMPEDIMENTOS. LAS CAUSALES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 66, FRACCIÓN IV, ......
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Sentencia con Número de Expediente EXC 29/2022-39 de Tribunal Agrario - TSA, 13/07/2022
...al estar vedada dicha posibilidad en términos del artículo 52 de la Ley de Amparo y en aplicación analógica de la jurisprudencia 2a./J. 180/2009, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "IMPEDIMENTOS. LAS CAUSALES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 66, FRACCIÓN IV, ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 24-01-2018 (IMPEDIMENTO 12/2017)
...R. y Costas. Sentencia de 27 de noviembre de 2013. Serie C No. 275, párrafos 182 y 186. 48 Del asunto derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 180/2009, registro de IUS 165984, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, noviembre de 2009, cuyo rub......