Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Enero de 2010 (Tesis num. 2a./J. 213/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-01-2010 (Contradicción de Tesis))

Número de registro165613
Número de resolución2a./J. 213/2009
Fecha de publicación01 Enero 2010
Fecha01 Enero 2010
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Enero de 2010; Pág. 268
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaComún

Si la intención subyacente en el artículo 25 de la Ley de Amparo es poner al alcance de los gobernados en el lugar donde residen el acceso al juicio de amparo, garantizando igualdad de oportunidades entre las personas que viven en los lugares donde existen tribunales de amparo y aquellas que no gozan de esa condición, tratándose de la presentación de la demanda de amparo directo ante la autoridad responsable, en términos del artículo 163 de la ley de la materia, las partes podrán depositarla ante la oficina del Servicio Postal Mexicano del lugar donde habiten o tengan el centro principal de sus negocios, cuando éste sea distinto del de residencia de la responsable, con la única condición de que lo hagan dentro del plazo legalmente establecido, sin que esta oportunidad varíe por el hecho de que el promovente haya designado ante dicha responsable un domicilio convencional o para oír y recibir notificaciones en el lugar donde ésta reside.

PRECEDENTES:

Contradicción de tesis 390/2009. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito y el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. 18 de noviembre de 2009. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretario: E.D.D..

Tesis de jurisprudencia 213/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veinticinco de noviembre de dos mil nueve.

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