Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro357957
MateriaCivil

El artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles, vigente en el Estado de Coahuila, previene que hecho el avalúo, se sacarán los muebles a pública subasta, anunciándola por dos veces, de siete en siete días, fijando edictos en la tabla de los juzgados, y que si el valor de la cosa pasa de mil pesos, se insertarán aquéllos en un periódico de información, y que a petición de cualquiera de las partes y a su costa, el Juez puede usar, además de los ya dichos, de algún otro medio de publicidad, para convocar postores. La sola redacción del artículo, revela que el legislador se propuso fines de publicidad, al establecer la convocación por edictos, de siete en siete días, para llamar postores, y es indudable que esos fines se realizaron por más que se considere que los últimos edictos se publicaron seis días después de los primeros, si se descuenta un día en que no tuvieron lugar actuaciones judiciales, por haberse cerrado el juzgado, pues si bien es cierto que puede alegarse que en los días en que no tienen lugar actuaciones judiciales, los litigantes no acuden al juzgado y que, por lo mismo, se restringe la...

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