Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro357561
MateriaCivil

El artículo 204 del Código Federal de Procedimientos Civiles, previene que si el demandado no contesta la demanda dentro del término fijado, se dará por contestada en sentido negativo, y el 155 del propio ordenamiento, dispone que transcurridos los términos y las prórrogas, sin necesidad de instancia de parte o especial declaración, seguirá el juicio su curso; por lo que la circunstancia de que no se hubiere dictado resolución dando por contestada la demanda en sentido negativo, no puede implicar el que no se hubiera establecido la litis, puesto que ese auto no hace sino reproducir, en un caso concreto, la voluntad de la ley, de que se tenga por negada la demanda, cuando ésta no se contesta dentro del término respectivo, y tal cosa puede ocurrir, aun cuando no exista la declaración especial de que se trata, si el J. funda su sentencia teniendo por contestada la demanda en sentido negativo, es decir, considerando que el actor probó plenamente los extremos de su acción, pues la declaración especial dando por contestada la demanda en sentido negativo, sólo es estrictamente indispensable de acuerdo con aquellos códigos de procedimientos civiles que previenen que se haga tal declaración, después de que haya...

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