Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro356942
MateriaCivil,Derecho Civil

El artículo 1527 del Código Civil del Estado de Guanajuato, estatuye que si no se hubiere determinado el tiempo en que deba hacerse el pago, el cumplimiento de la obligación se hará cuando el acreedor lo exija, siempre que haya transcurrido el plazo que sea moralmente necesario para el cumplimiento del contrato. Este precepto indica de una manera clara que se hace necesaria la exigencia del acreedor para determinar si la obligación se cumple o no, dando lugar en éste último caso, a la acción rescisoria correspondiente, de lo que se colige que tratándose de obligaciones cuyo cumplimiento no sea a plazo determinado, se hace indispensable para...

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