Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro356182
MateriaCivil,Derecho Civil

La palabra "abandono" significa dejación o desamparo, ya sea de personas, de cosas, de derechos o de obligaciones; domicilio, según la define nuestra legislación civil, es el lugar donde una persona reside habitualmente; a falta de éste, el en que tiene el principal asiento de sus negocios, y a falta de uno y otro, se reputa domicilio de una persona, el lugar en que ésta se halla, lo cual es un concepto general de las leyes civiles; pero como estas mismas leyes, además del concepto general, se refieren específicamente, en el artículo 76 de la Ley de Relaciones Familiares y en otras muchas, a "domicilio conyugal", debe determinarse lo que por tal dan a entender. Doctrinariamente, domicilio es la "residencia que se considera tiene la persona, a los ojos de la ley, para el ejercicio de ciertos derechos o para la realización de ciertos actos.". El hombre, como sujeto de derecho civil, tiene un conjunto de derechos y obligaciones, una variedad de actos jurídicos que cumplir y el concepto general de la ley, hace compleja la idea de domicilio. Las Leyes de Partida consideraban domicilio: "el lugar donde uno se halla establecido y avecinado con su mujer, sus hijos y familia y la mayor parte de sus bienes muebles."; lo consideraban pues, únicamente, con relación a la familia; pero cuando las relaciones comerciales se extendieron, cuando existieron derechos y obligaciones que cumplir, no directamente con la familia, sino también con terceros, esa idea del domicilio tuvo que extenderse, tomándose ya en cuenta no sólo las relaciones de familia, sino también el mundo de los negocios, la materialidad de éstos, constituyéndose el "cuasi domicilio", que estudiaban los comentadores de aquellas leyes, quienes conceptuaban propiamente como domicilio, el familiar, al que algunos llaman domicilio real, y por cuasi domicilio, al que pudiera llamarse convencional, por estar determinado por relaciones civiles, independientes de las de familia. Es sin duda al domicilio familiar al que se refieren nuestras leyes, cuando hablan de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR