Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro352063
MateriaCivil

Según los artículos 248 y 252, fracción III, del Código Federal de Procedimientos Civiles, para declarar confeso al absolvente que se niega a contestar o que responde con evasivas, es necesario que el J. lo aperciba en el acto de la diligencia, de tenerlo por confeso, y si hecho esto, insiste en no contestar afirmativa o negativamente, lo tendrá por confeso. Por tanto, aunque el absolvente haya contestado evasivamente alguna de las posiciones, expresando que no recordaba los hechos ni los detalles a que se refieren las preguntas, si la parte actora, en vez de pedir al J. que lo apercibiera de tenerlo por confeso, solicitó que se consignara que no tenia pregunta alguna que hacer, en virtud de que las respuestas del absolvente fueron precisas, resulta que en tales condiciones, si la autoridad judicial declaró que no era el caso de...

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