Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro351148
MateriaCivil

Si el quejoso ocurrió al juicio intestamentario, haciendo valer sus derechos de heredero, aunque lo hubiere hecho con posterioridad al auto que declaró heredera a la Beneficencia Pública, no es posible admitir que dicho quejoso sea un extraño al expediente respectivo, y en esa virtud, es claro que en su carácter de gestionante, presunto heredero, tuvo derecho, y para los efectos del amparo, obligación de agotar contra la providencia que se negó a reconocerlo como heredero, los recursos ordinarios procedentes, y si no lo hizo así, el juicio de garantías debe estimarse improcedente, por concurrir la causa a que se contrae la fracción XIII, del artículo 73 de la Ley de Amparo.

Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 1839/43. G.E.J.M. 5 de junio de 1943. Mayoría de cuatro votos. Disidente: E.P.A.. La publicación no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR