Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro350741
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

Si no fue posible que se notificara personalmente al quejoso, la resolución que le previno que aclarara su demanda y exhibiera copias, en atención a que no constaba en su escrito de demanda, su domicilio, la notificación que se le hizo por lista, fue legal, de conformidad con lo preceptuado por la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo.

Amparo civil. Revisión del auto que tuvo por no interpuesta la demanda 8604/43. Guerra E.R., su sucesión. 10 de diciembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro E.P.A. no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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