Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro350676
MateriaCivil

Si el deudor reconoció en una escritura pública su deuda, y para asegurar la efectividad del pago otorgó garantía hipotecaria en favor del acreedor, no puede decirse que el contrato celebrado en esa escritura, esté viciado de nulidad, por el hecho de que a su otorgamiento no hubiera concurrido dicho acreedor, sino un gestor oficioso, si aquél ratificó posteriormente, también en escritura pública, la celebrada con el gestor, ya que éste obró facultado por los artículos 2267 y siguientes del Código Civil de Veracruz de 1896, y la ratificación de la gestión produjo los mismos efectos que el mandato expreso, según el artículo 2272 del mismo código. No obsta a lo anterior, que la...

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