Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro349764
MateriaCivil

El artículo 619 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas, establece que a petición de parte, o de oficio, podrá el Juez sustituir al albacea, cuando haya duda fundada acerca de su honestidad o administración eficaz. Ahora bien, sea que la remoción del representante de la sucesión hubiese sido pedida por parte interesada, sea que de oficio pudiera decretarla el Juez, para fundarse en el artículo 619 citado, debió tramitar el incidente respectivo, para dar oportunidad al albacea, de defenderse en cuanto a la falta de honestidad o ineficacia en la administración; y estos extremos no pueden suponerse sólo porque el...

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