Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro348911
MateriaCivil,Derecho Civil

El Código Civil del Estado de Veracruz, de primero de octubre de mil novecientos treinta y dos, en su artículo 2851, redujo a diez años el término de la prescripción de la acción hipotecaria, que fijaba en veinte años el artículo 1696 del código anterior. Las disposiciones del nuevo código deben entenderse aplicables a partir de la fecha en que entró en vigor, de manera que si desde esa fecha hasta la en que se presentó la demanda pidiendo que se declarara la prescripción de una acción hipotecaria, transcurrió con exceso el lapso de diez años señalado por el citado artículo 2851, esto es bastante para que deba considerarse consumada la prescripción; y por otra parte, si al hacer el cómputo la autoridad responsable, aplicó el artículo 6o. transitorio...

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