Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro347459
MateriaCivil,Derecho Civil

Habiendo los opositores acompañado título debidamente registrado, al presentar su oposición en las diligencias de información ad-perpetuam, ese hecho es suficiente para declararla sin lugar, sin que tenga influencia alguna la circunstancia de que el título de los opositores haya sido registrado con posterioridad al certificado que exhibió el promovente, expedido por el Registro Público de la Propiedad, sobre que el bien objeto de las diligencias no estaba inscrito en favor de persona alguna, pues previniendo el artículo 988 del Código de Procedimientos Civiles aplicable que, "si hubiere oposición y se fundare en título debidamente registrado con anterioridad, sin más trámite el J. declarará sin lugar la información", es indudable que tal existencia se halla satisfecha en el caso, dado que se presentó...

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