Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro347286
MateriaCivil,Derecho Civil

Los artículos 1850 y 1103 del Código Civil del Estado de Guanajuato y 444 del Código de Procedimientos Civiles de la misma entidad, no autorizan al juzgador para suplir la excepción de prescripción negativa que consagran los dos primero preceptos y menos aún puede el tribunal de apelación declarar la prescripción de los intereses de más de cinco años en los créditos hipotecarios, cuando sólo haga valer esa defensa por vía de agravio y se haya omitido oponerla en primera instancia. El artículo 1850 citado, establece: si el crédito hipotecario causa rédito, el predio gravado no responde por los caídos de más de cinco años; a no ser que se haya ampliado a ellos la hipoteca, asentándose en el respectivo registro, el que sólo desde su fecha producirá efecto con relación a tercero. Ahora bien, como demostración evidente de que en el caso se encierra una excepción, que no es otra que la de prescripción liberatoria, el artículo 1103 del mismo Código Civil estatuye la prescripción, en cinco años, de las rentas, alquileres y cualesquiera otras pensiones no cobradas a su vencimiento; por lo que no existe razón que justifique aceptar en el caso una solución distinta de aquella que postula la regla general y que parte de la base de la necesidad en que se encuentra el demandado, de oponer oportunamente las excepciones y defensas conducentes. No obsta a lo anterior, lo dispuesto por el artículo 444 del código procesal, en el sentido de que transcurrido el término del emplazamiento, sin haber sido contestada la demanda, cuando el emplazamiento, se haya hecho personal y directamente al demandado, su representante o apoderado, si de los mismos documentos acompañados con la demanda, no apareciese justificada una excepción, se pronunciará sentencia de condena y se llevarán adelante los procedimientos de ejecución, pues no puede estimarse, con apoyo en este artículo, que cuando de la misma documentación base de la acción intentada, se desprende que el predio hipotecado no responde de los intereses de más de cinco años, por esta...

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