Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro346972
MateriaCivil

Aunque en el secuestro por una precautoria, como en cualquier otro embargo, no se hace variar la propiedad, si quien promueve un incidente de levantamiento de embargo, se apoya en que éste ha lesionado sus derechos de propiedad y toda su defensa a demostrar que es dueño de lo embargado, sin que, naturalmente, deba responder de la obligación que se reclama, en tales condiciones, corresponde al promovente demostrar su acción incidental, y para ello, su propiedad sobre los bienes embargados en que funda tal acción. Por tanto, si en tal caso no se justifica por el promovente del incidente, el elemento "propiedad", no puede declararse procedente la acción incidental, argumentándose...

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