Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro346625
MateriaCivil,Derecho Civil

Es inexacto que la obligación de dar alimentos corresponda sólo a la persona llamada expresamente por la ley y nunca a la masa de la sucesión, pues el Artículo 3174 del Código Civil del estado de puebla establece que la pensión alimenticia es a cargo de la masa hereditaria, excepto cuando el testador haya gravado con ella a alguno o algunos de los partícipes de la sucesión.

Amparo civil en...

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