Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro346624
MateriaCivil,Derecho Civil

El artículo 3172 del Código Civil del Estado de Puebla establece que es inoficioso el testamento en que no se deja la pensión alimenticia, y el artículo 201 del mismo código impone a los padres la obligación de dar alimentos a los hijos. Ahora bien, si en un testamento no se otorgó pensión alimenticia para el hijo que próximamente debería nacer, y no se probó que la cónyuge supérstite tuviere bienes propios, para que en ella recayera la obligación de proporcionar alimentos a este hijo, tal testamento debe considerarse inoficioso; sin que obste que por disposición del mismo, la cónyuge supérstite debiera...

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