Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro346234
MateriaCivil

El artículo 3008 del Código Civil del Distrito Federal no sólo supone, para el ejercicio de la acción contradictoria del dominio de inmuebles inscrito en el Registro Público de la Propiedad, que previamente o a la vez se entable demanda de nulidad de la inscripción o cancelación en que se conste dicho dominio, sino que también exige, lógicamente, que cuando se haya entablado ambas acciones, el juez sólo podrá entrar al estudio de la acción contradictoria del dominio, si ha considerado fundada la acción de nulidad. Por tanto si el actor intentó a la vez la acción reivindicatoria y la de nulidad del título del demandado, solicitando la cancelación de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad, es evidente que el J. responsable violó el...

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