Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro346077
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal

El artículo 698 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz establece: "Si a la solicitud promovida, se opusiere parte legítima, se seguirá el negocio en procedimiento incidental, siempre que la oposición no se funde en la negativa del derecho del que promueve el negocio de jurisdicción voluntaria. En tal caso se sustanciará el pleito conforme a los trámites establecidos para el juicio". Ahora bien, si a las diligencias de jurisdicción voluntaria promovidas para acreditar, con información ad-perpetuam, que había operado en favor del promovente, la prescripción positiva de un inmueble, se opuso el agente del Ministerio Público, justificando con un informe del juzgado respectivo, que en un juicio intestamentario se decretó el aseguramiento del inmueble materia de esas diligencias y se entregó la posesión del mismo al mencionado agente y después al fisco local, con anterioridad a la promoción de las repetidas diligencias, de esto se sigue que el Ministerio Público, tanto por su investidura de...

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