Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro345959
MateriaCivil,Derecho Civil

El Juez de los autos procedió conforme a derecho, al dar entrada a la promoción de los accionistas y convocar a asamblea, pues así lo faculta para ello el artículo 184 de la Ley de Sociedades Mercantiles, en su párrafo 2o., si consta de autos que los quejosos representan el 33% del capital social. A lo expuesto no se opone el contenido del artículo 185 de la misma ley, pues esta forma contempla el caso en que un solo accionista pretenda que se convoque a asamblea, pues en éste caso se limita esa oportunidad a dos casos que prevé el mismo artículo, y su pretensión, presentada ya a la autoridad jurisdiccional, deberá ser conocida por el consejo de administración. Lo anterior es lógico, pues el caso a que se refiere el artículo 184 hace relación a una prueba netamente procesal, cual es el comprobar que es dueño del 33% del capital social, y no es...

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