Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro345839
MateriaCivil,Derecho Civil

El artículo 951 del Código de Procedimientos Civiles de Yucatán establece que el juicio de concurso es atractivo y que después de declarado, el J. reclamará, conforme a las reglas de la acumulación, todos los juicios que se sigan en otros tribunales, con excepción de los hipotecarios, que se tramitarán con el síndico, hasta su terminación y ejecución de la sentencia de remate ahora bien, si el J. respectivo decretó la formación del concurso necesario de una sucesión testamentaria y nombró síndico e interventor judiciales, desde tal fecha la tramitación de los juicios hipotecarios debía entenderse con el síndico; por lo que si el albacea de la sucesión ocurrió con posterioridad al amparo, contra la resolución recaída en el incidente de oposición a la ejecución de la sentencia dictada en un juicio hipotecario, seguido en contra de dicha sucesión, debe...

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