Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro344689
MateriaCivil,Derecho Civil

El artículo 2058, fracción I, del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales, establece: "La subrogación se verifica por ministerio de la ley y sin necesidad de declaración alguna de los interesados: I. Cuando el que es acreedor paga a otro acreedor preferente.". Ahora bien, al hacerse el ofrecimiento de pago, en un juicio hipotecario, por un acreedor a otro acreedor preferente y actor en ese juicio, aquél sólo está obligado a exhibir el capital y los intereses correspondientes a la fecha de su ofrecimiento, y...

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