Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro344316
MateriaCivil,Derecho Civil

El interventor de una sucesión, si bien es cierto que sólo tiene el carácter de simple depositario, sin poder desempeñar otras funciones que las de mera conservación y las que se refieren al pago de las deudas mortuorias con autorización judicial, según el artículo 772 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito y Territorios Federales, también lo es que, llegado el caso, está obligado a solicitar, al ser amenazada la conservación de los bienes depositados, la autorización necesaria par intentar las demandas que tengan por objeto hacer efectivos derechos pertenecientes a la sucesión, contestar las demandas que contra ella se promuevan, y, en una palabra, representarla en todos los actos en que tenga necesidad de intervenir con motivo de la defensa de los bienes bajo su custodia, conforme a lo dispuesto en el artículo 836 del citado ordenamiento, por constituir ese un deber que la ley le impone; pero si...

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