Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro344076
MateriaCivil

Para que la reconvención proceda en juicio ejecutivo mercantil, debe fundarse en título ejecutivo. El artículo 442 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales establece que "No son admisibles la reconvención o la compensación (en juicio sumario), sino cuando las acciones en que se funden estuvieren también sujetas a juicio sumario"; y aun cuando dicho precepto no sea aplicable al caso, confirma el criterio que sostiene en la doctrina procesal, sobre la necesidad de que la reconvención se funde en título ejecutivo para que pueda hacerse valer en juicio ejecutivo, sea civil o mercantil. Ahora bien, la disposición contenida en el artículo 1062 del Código de Comercio, no puede servir de fundamento para declarar que en los juicios ejecutivos...

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