Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro343894
MateriaCivil,Derecho Civil

La falta de firma de quien reconoce a un hijo, sin que se exprese la causa por la cual no pudo firmar, constituye un vicio sustancial que origina la nulidad del acta de reconocimiento, de acuerdo con el artículo 61 del Código Civil de 1896 del Estado de Veracruz. La solemnidad misma del acto y la trascendencia que tiene la intervención del oficial del Registro Civil, para dar fe del mismo, exigen no sólo que se exprese la causa por la cual quien hizo el reconocimiento no pudo firmar, sino también que se justifique esa causa. De otro modo se otorgaría un poder omnímodo a los oficiales del Registro Civil, para otorgar, modificar o extinguir un estado civil, sin intervención del sujeto o sujetos afectados, si se admitiera como bastante su declaración...

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