Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro342527
MateriaComún

Si anunciada la interposición del amparo a la autoridad responsable, el quejoso sólo acompañó una copia de la demanda para el expediente, por lo que el Tribunal responsable le previno que en el término de cinco días exhibiera la copia omitida, a fin de emplazar al tercero perjudicado, y el quejoso no exhibió dicha copia, lo que impidió que se hiciera el emplazamiento a la otra parte, que intervino en el juicio, en tales condiciones, con fundamento en el artículo 168, párrafo tercero, de la Ley de Amparo, debe tenerse al quejoso por desistido de su demanda de amparo directo.

Amparo civil directo 3589/51. U.H.N. 9 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro V.S.G. no votó por las razones expuestas en el acta del día. R.: H.M..

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