Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro342426
MateriaCivil

El artículo 284 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán, establece que la persona contra quien se dictó una providencia precautoria, podrá reclamarla en todo tiempo, antes de que se pronuncie sentencia ejecutoria en el juicio correspondiente, y a ese efecto se le notificará dicha providencia, en el caso de no haberse ejecutado con su persona o con su representante legítimo, y la reclamación se sustanciará en forma incidental. De conformidad con esta disposición, las providencias precautorias deben reclamarse en la forma que la misma indica, y por lo mismo, el amparo que se haga...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR