Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro341407
MateriaCivil

Los Estados no están autorizados para legislar sobre la ocupación temporal de los inmuebles rústicos, ya que el artículo 27 de la Constitución Federal, en su párrafo tercero, otorga esa facultad de la Nación la cual obra por medio de sus órganos propios, que son las autoridades federales. Por estimarlo así, el congreso de la unión expidió el 23 de junio de 1920, la Ley Federal de las Tierras O., cuyo artículo 18 faculta a las legislaturas locales para que, sin apartarse de las bases contenidas en la ley, dictan las disposiciones adeudadas a las necesidades de cada entidad, si se entendiera que cada Estado tiene la potestad de legislar en forma autónoma sobre esta materia, sin ajustarse a los lineamientos que señala aquélla ley, se establecería una contradicción entre las facultades de la federación y las de los estados, y los poderes de aquella quedarían reducidos dentro de los límites del distrito y territorios federales. El artículo 124 de la ley suprema elimina a los...

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