Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro340211
MateriaCivil

El derecho francés distingue los vicios de forma respecto de la adquisición de los frutos y esos mismos vicios en materia de usucapión, y establece, por una parte, que los primeros son inoperantes, si los ignora el poseedor, respecto de la adquisición de tales frutos, y por otra, que "el título nulo por defecto de forma no puede servir de base a la prescripción de diez y veinte años (artículo 2267 del Código de N.. Ahora bien, en la legislación mexicana no hay esa distinción, ya que un título nulo por vicio de forma puede servir de base a la posesión de buena fe, tanto para la adquisición de los frutos como para la usucapión, con tal de que se cumplan las condiciones para que por el comportamiento de las partes se subsane la nulidad por defecto de forma (artículo 2167 del Código Civil de Veracruz, igual al 2234 del código de la misma materia del Distrito Federal), aun cuando sin dejar de reconocer que hay vicios de forma que no pueden ser subsanados por dicho comportamiento de las partes, como son la falta de formalidad para la...

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