Tesis Aislada, (Tesis num. 19 de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro387551
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Constitucional

Del análisis del artículo 2332 del Código Civil del Estado de México se deduce que el legislador estableció que los arrendamientos que se hayan celebrado por tiempo determinado podrán concluir a voluntad de cualquiera de las partes contratantes, previo aviso dado a la otra en forma indubitable. Por tanto la posibilidad de que una de las partes contratantes pueda dar por terminado el contrato de arrendamiento, no atenta contra el principio de igualdad, pues la posibilidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR