Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro362233
MateriaCivil,Derecho Civil

El artículo 3748 del Código Civil, vigente en Chiapas, establece que: "El albacea a quien el testador no haya fijado plazo, debe cumplir su encargo dentro de un año, contando desde su aceptación, o desde que terminen los litigios que se promovieren sobre la validez o nulidad del testamento"; y el 3770, dice: "Los cargos de albacea e interventor acaban........"V. Por el lapso del término señalado por el testador o por la ley". Aunque la primera de las disposiciones citadas no comprende expresamente a los albaceas designados en juicios de intestado, sin embargo, interpretando tal disposición como expresamente lo previene el artículo 20 del Código Civil y teniendo en cuenta que donde existe la misma razón...

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