Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro360371
MateriaCivil,Derecho Civil

Es cierto que conforme a la ley procesal, la cédula hipotecaria produce los efectos del secuestro y constituye al deudor en depositario de la finca, salvo que no quiera aceptar el cargo; y es cierto también, que la depositaría produce, como consecuencia, el secuestro de las rentas de la finca embargada; pero también lo es que el cobro de estas rentas y el aseguramiento de las mismas, no constituyen en realidad el ejercicio de la acción hipotecaria sobre ellas, sino que es la consecuencia natural de la traba que produce la fijación de la cédula. Cuando al expedirse ésta, no han sido las rentas, objeto de un secuestro anterior, quedan secuestradas por efecto natural de la cédula que, por mandato de la ley, impide que se practique en la finca cualquier embargo, toma de posesión o diligencia que estorbe el ejercicio de la acción ejercitada; pero cuando existe un embargo anterior sobre las rentas que no quedaron afectadas con la hipoteca, tal...

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