Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro360114
MateriaCivil

El artículo 434 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, que se refiere a juicios sumarios, dice en términos generales, que en los escritos que fijan la controversia, las partes ofrecerán las pruebas, declarando los nombres de los testigos, peritos, etcétera, y el 437 previene que el Juez, después de fijar el debate, en la audiencia recibirá, de las pruebas ofrecidas, las que él admita y que se relacionen estrictamente con la controversia; que la recepción y práctica de las pruebas se hará oralmente, etcétera. Este precepto reconoce la facultad del Juez, para admitir las pruebas, pero su ejercicio no es discrecional, sino que está determinado por el propio precepto, en cuanto dice que deben relacionarse estrictamente con la controversia, de lo que se deduce que, en realidad, la admisión de las pruebas se hace en la audiencia, pero tratándose, en general, de ellas, y con especialidad de la confesional, no pueden ser desechadas sino mediante una consideración justificada sobre su pertinencia o impertinencia, en el sentido de la relación que tengan con la materia del debate. Esta interpretación se corrobora con lo preceptuado en el artículo 292 del propio ordenamiento, que expresa cómo debe ofrecerse la prueba confesional; presentando el pliego que contiene las disposiciones, etcétera, y agregando que la misma será admisible, aunque no se exhiba el pliego y se pida tan sólo la citación; omisión que no tendrá otro resultado que el de que el absolvente que no asista a la diligencia de prueba, no puede ser declarado confeso más que de aquellas posiciones que con anticipación se le hubieren formulado. El artículo 285 impone al tribunal, el deber de recibir las pruebas que le presenten las partes, siempre que estén permitidas por la ley y que se refieran a los puntos cuestionados, y el artículo 308 estatuye, que desde que se abra el periodo de ofrecimiento de pruebas, hasta la citación para sentencia en primera instancia, todo litigante está obligado a...

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