Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro272580
MateriaCivil,Derecho Civil

La existencia de la acción de desahucio no extingue también la de rescisión por falta de pago puntual de las rentas, ya que ambas acciones tienen causas distintas. Por tanto, si el J. no declaró que da por terminado el juicio "para todos los efectos legales" y sólo se dio por terminado el desahucio, es aplicable al caso la jurisprudencia de la Corte que establece: el pago efectuado en el juicio de desahucio, deja a este procedimiento sumario sin efecto, pero no incapacita al arrendador para ejercitar la acción rescisoria fundada "en la falta de pago de la renta, en el plazo estipulado", situación que no contemplan las disposiciones legales que rigen el...

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