Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro272445
MateriaCivil

Para que proceda el divorcio, con fundamento en la falta de ministración de alimentos, es indispensable demostrar que el cónyuge se negó a darlos al otro, y que éste no pudo hacer efectivos los derechos que le conceden los artículos 165 y 166 del Código Civil. Ahora bien, el hecho de que el obligado a dar alimentos confiese haber dejado de proporcionarlos, no implica que haya confesado haberse negado a darlos.

Amparo directo 783/57. E.R.. 13 de agosto de 1958. Mayoría de tres votos. Disidentes: J.C.E. y G.G.R.. Ponente: R.M.E..

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