Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro272035
MateriaCivil,Derecho Civil

Las condiciones necesarias para prescribir, conforme a las disposiciones legales actualmente en vigor, las cuales sea apartan de la teoría clásica de la posesión, requieren la prueba de que se ha poseído a título de propietario, de manera que la simple intención de poseer como dueño, no es suficiente para producirla prescripción. Aun dentro de la doctrina jurídica expuesta por S., que exige en la posesión la concurrencia de un elemento externo corpus y otro interno animus , se ha admitido que el animus domini, considerado como un elemento psicológico, debe exteriorizarse mediante la realización de actos que implican el ejercicio regular del derecho de propiedad. El mismo tratadista explica que las palabras animus domini sólo tienen por objeto determinar la naturaleza de la intención requerida para poseer, relacionándola a lo que el propietario tendría derecho a hacer, sin pretender, en manera alguna, que la intención del poseedor deba tener por objeto el derecho de propiedad en sí mismo, lo que sería absurdo, por ejemplo, de parte del ladrón. Los artículos 826 y 827 del Código Civil en vigor, adoptan la teoría de la causa posesionista, que permite acreditar cuál es el estado del espíritu del presunto poseedor por la demostración que resulta de su título, ya que nadie pueda cambiar por sí mismo ni por el transcurso del tiempo, la causa de su...

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