Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro271552
MateriaCivil

De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 2030 del Código Civil del Distrito Federal y 2o., fracción II, del decreto de 24 de diciembre de 1948, las excepciones a una regla general sólo son aplicables a los casos comprendidos expresamente en la ley; como regla general, los derechos son cesibles, salvo que la excepción esté prohibida por la ley, se haya convenido en no hacerla, o no lo permita la naturaleza del derecho. En este último supuesto está el caso de la fracción II del artículo 2o. del decreto de congelación de rentas y prórroga de contratos de arrendamiento vigente en el Distrito Federal, que concede excepcionalmente al propietario el derecho contra la prórroga, cuando justifique su necesidad de habitar la casa. Ahora bien, teniendo en cuenta que la causa o motivo considerado por la ley para conceder este derecho tiene un carácter estrictamente personal, subjetivo del propietario, como lo es su necesidad de habitar la casa; su derecho es íntimamente personal, inseparable del titular; por lo mismo, no es cesible. Puede suceder, y este es el caso, que el propietario haciendo uso de este derecho excepcional después de haber notificado en jurisdicción voluntaria al arrendatario sin lograr la...

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