Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro271458
MateriaCivil

Si en el contrato de arrendamiento se estipuló que el arrendador tiene facultad de darlo por terminado, dando el aviso al inquilino con un plazo de quince días, y si además el arrendatario renunció al término de dos meses que le concede el artículo 2452 del Código Civil del Estado de Chiapas, cuando se trata de predios urbanos, debe estimarse que la estipulación de referencia es válida, toda vez que el precepto mencionado no es de orden público, sino que...

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