Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro271393
MateriaCivil

No es cierto que el derecho a la compensación a que se refiere el artículo 5o. del decreto sobre prórroga de contratos de arrendamiento, sólo existe cuando el arrendatario desocupa la localidad arrendada, dentro o al cabo de los tres meses del aviso previo que señalan, ya que ni ese artículo ni otro alguno de los del decreto lo establecen. Cuando el contrato de arrendamiento se rige por dicho decreto pero debe darse por terminado por justificarse la necesidad del arrendador de habitar la casa arrendada, el arrendatario, de conformidad con el artículo 5o., tiene derecho a una compensación equivalente al importe de tres meses de renta que paga, de manera que basta que la...

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