Tesis Aislada, (Tesis num. de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro271007
MateriaCivil

El contrato de transporte sólo se cumple con la entrega que se haga de la mercancía al consignatario, a cambio de las cartas de porte originales, según se dispone expresamente en el artículo 596, fracción I, del Código de Comercio, al decir que mientras el consignatario sea tenedor de la carta de porte expedida a su favor, tiene derecho a que se le entreguen las mercancías, cualesquiera que sean las órdenes que en contrario diera el cargador con posterioridad.

Amparo directo 3790/60. Autotransportes Progreso, S. A. de C.V. 12 de julio de...

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